La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) de Colombia decidió aumentar la velocidad mínima de banda ancha. A partir de octubre, los proveedores deberán ofrecer al menos 300 Mbps de descarga y 150 Mbps de subida para que sus servicios se puedan comercializar como banda ancha.
Esta medida actualiza un estándar que estaba vigente desde 2019, cuando la velocidad mínima era de 25 Mbps de descarga y 5 Mbps de subida. La CRC argumenta que las necesidades actuales de conectividad, impulsadas por actividades como el teletrabajo, las clases virtuales, y el uso de herramientas de inteligencia artificial, requieren velocidades más altas.
El cambio no implica que desaparezcan los planes de menor velocidad. Los operadores podrán seguir ofreciéndolos, pero ya no podrán promocionarlos como banda ancha. La transición será gradual, dependiendo del desarrollo del mercado en cada municipio.
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Qué debes saber
- La velocidad mínima de banda ancha pasa a ser 300 Mbps de descarga y 150 Mbps de subida.
- Los planes de menor velocidad seguirán existiendo, pero no se podrán llamar banda ancha.
- La implementación será escalonada según el desarrollo del mercado en cada municipio.
Especificaciones técnicas
- Nueva velocidad mínima de banda ancha: 300 Mbps de descarga y 150 Mbps de subida.
- Transición para municipios Alto-Moderado: 1 de octubre de 2026.
- Transición para municipios Bajo, Incipiente y Limitado: 100 Mbps/50 Mbps (2026), 200 Mbps/100 Mbps (2027), 300 Mbps/150 Mbps (2028).
- Ultra banda ancha: 1 Gbps de descarga y 500 Mbps de subida.
La meta de 300 Mbps responde al compromiso de acercar la definición colombiana a los estándares promedio de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
— CRC
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Foto: Albert Stoynov en Unsplash.
