Nómina Electrónica obligatoria se aplaza hasta septiembre

Julimay Cruz

, COLOMBIA

La Dian actualizó en su calendario la entrada en vigor de la obligatoriedad de emisión de Nómina Electrónica por parte de las empresas colombianas. A partir del 1 de agosto se habilitará el servicio de Nómina Electrónica; y desde el 1 de septiembre comenzará a ser obligatoria la emisión de dicho documento. Para esto se llevará un orden específico clasificando a las empresas en 4 grupos, cada uno tendrá un mes para cumplir con la medida.

Dichos grupos están divididos por el volumen de empleados.

  1. El grupo 1 son las empresas de más de 250 empleados. Estos serán los primeros en cumplir con la medida, a partir del 1 de septiembre.
  2. Grupo 2 son empresas de 100 a 250 empleados. Para ellas será obligatoria la Nómina Electrónica a partir del 1 de octubre.
  3. El grupo 3 está conformado por empresas de 11 a 100 empleados. A partir del 1 de noviembre estas deberán cumplir con la medida.
  4. El grupo 4 son empresas de hasta 10 empleados que tendrán la obligación de la Nómina Electrónica a partir del 1 diciembre.

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4 cosas que debes conocer sobre cómo funciona la Nómina Electrónica

  1. La empresa Seres ofrece una plataforma que genera nóminas electrónicas a partir de la información obtenida del software de nómina de la empresa. Dicha plataforma envía esta información a la Unidad Administrativa Especial de la Dian, de acuerdo con los requisitos técnicos legales.
  2. Una vez que la DIAN recibe la nómina, el sistema genera, firma, almacena y envía un mensaje de validación con el sello: Documento validado por la DIAN.
  3. Con la validación obtenida, la solución de Seres integra el mensaje de la DIAN en la herramienta de gestión interna de la empresa junto con la representación gráfica de las nóminas para que sean remitidas de forma automática a los empleados.
  4. Finalmente, las nóminas electrónicas quedan preservadas por el tiempo legalmente establecido garantizando su integridad y confidencialidad.

Imagen: Emma Dau, vía Unsplash.

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