¿Debes declarar impuestos por criptomonedas en Colombia? Te explicamos

Jessica Nunes

, INTERNET

Si estás pensando en comprar criptomonedas en Colombia, seguramente tendrás la duda si debes declarar y pagar impuestos. Por ello, en FOLOU te explicamos lo que debes tener en cuenta con respecto a tus obligaciones fiscales en este tipo de inversiones.

En Colombia las criptomonedas son consideradas un bien inmaterial, según indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) por medio del oficio 035238 del 2018 y 001357 de 2019. Esto significa que equivalen a un capital mueble no físico que puede ser objeto de venta, intercambio, inversión o medio de pago. Por lo tanto, está sujeto a impuestos.

La DIAN indica que el Impuesto a la Renta es el que recae sobre las ganancias que se puedan generar de las transacciones realizadas sobre las criptomonedas en un año determinado. El tratamiento tributario de la tenencia de este tipo de activos es equiparable al que se le da al movimiento de acciones.

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¿En qué casos debo declarar?

  • Debes declarar el impuesto sobre la renta cuando generes una ganancia o un valor mayor por los movimientos de tus criptomonedas.
  • Si superas los montos que exige la normatividad, es necesario que declares tus ingresos como de costumbre. La autoridad tributaria en Colombia señala que no hay una casilla específica en la declaración de la renta para detallar los rendimientos generados por las transacciones en criptomonedas; debes incluirlas como un ingreso más.
  • La fintech Cryptomarket indica que en el caso de que compres una criptomoneda con otra, el acto se considera un intercambio de bienes. Por ello, si se genera un mayor valor o utilidad, hay que declararlo y pagar impuestos sobre la ganancia.
  • Si cambias tus criptomonedas por dinero y generas una utilidad, con respecto a lo que valía en ese momento, está sujeta a renta líquida o ganancia ocasional.
  • La obtención de criptomonedas minadas es un incremento patrimonial que acarrea impuestos de ‘renta de capital’, y se declara como tal.
  • En caso de que te paguen en criptomonedas, se trata de un incremento patrimonial. Es por ello que debe figurar como un sueldo u honorarios en la declaración de la renta.
  • No debes declarar impuestos si compras criptomonedas con dinero local y las guardas, es decir, si no las vendes ni líquidas. Tampoco tienes que hacerlo si transfieres tus activos digitales de una billetera virtual a otra, siempre y cuando ambas sean de tu propiedad.
  • El oficio publicado por la Dian informa que la sanción económica por evadir los impuestos, en este tipo de transacciones, es del 200% del mayor valor a cargo determinado

Recomendaciones

  • Lleva un control de las compras y ventas de tus criptomonedas: anota la fecha, cantidad y precio de cada transacción. De esta manera, podrás identificar cuál es el monto que debes declarar para un año determinado.
  • Calcula las ganancias o pérdidas de capital: para ello, se resta el precio de compra con el de venta. En caso de que el precio de venta sea mayor que el precio de compra, hay una ganancia. Si por el contrario es menor se trata de una pérdida de capital.
  • Los precios de compra se reajustan según el Índice de Precios del Consumidor entre el mes anterior a la fecha de compra y el mes en el que se venda la criptomoneda. El cálculo hay que realizarlo en cada una de las operaciones y sumar o restar, según dé ganancia o pérdida. Si el resultado es positivo estarás obligado a declarar impuestos, si es pérdida no tendrás que hacerlo.

Foto: FOLOU

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