Colombia ordena a WhatsApp cumplir con la protección de datos

Julimay Cruz

, INTERNET

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de Colombia le ordenó a WhatsApp cumplir con el estándar nacional de protección de datos de los usuarios en el país. Esto se debe a que la Política de Tratamiento de la Información (PTI) de la mensajería instantánea incumple en la mayoría de los requisitos que exige la regulación colombiana.

En el comunicado de la SIC se estableció que la orden es aplicable ya que WhatsApp recolecta y trata datos personales mensualmente en Colombia. Esto comprende por lo menos 39 millones de usuarios activos, además de la recolecta y trata de datos a través de las ‘cookies’. También, añadió que dicha compañía ‘acopia o captura datos personales a través de una herramienta que se instala en dispositivos móviles y computadores’ ubicados en el país.

Asimismo, la SIC le pidió a WhatsApp una dirección de correo electrónico para que la empresa reciba notificaciones de actos administrativos. El incumplimiento de la orden por parte de la mensajería instantánea sería la causa de investigaciones y sanciones con multas. A continuación, más detalles sobre dicha orden.

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Más detalles sobre la orden de la SIC a WhatsApp

  • La decisión se tomó a través de la Resolución 29826 de mayo de 2021.
  • WhatsApp debe crear una PTI que cumpla todos los requisitos que exige la regulación colombiana. Esta debe ser puesta en conocimiento de los Titulares de los Datos domiciliados o residentes en el territorio.
  • La orden incluye implementar un mecanismo o procedimiento apropiado, efectivo y demostrable para que, al momento de solicitar la Autorización de las personas les informen en idioma castellano, de manera clara, sencilla y expresa todo lo que ordena el artículo 12 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012.
  • WhatsApp LLC deberá conservar prueba del cumplimiento de lo previsto en dicho artículo y, cuando el Titular de dato lo solicite, entregarle copia de ésta.
  • La empresa tendrá que registrar sus Bases de Datos en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD), administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio.
  • Las multas por el incumplimiento de la orden le pueden costar a WhatsApp:
    • Investigaciones administrativas sancionatorias.
    • Hasta 2.000 salarios mínimos legales vigentes.
    • La suspensión de actividades de WhatsApp LLC en Colombia.

Imagen: Adem AY, vía Unsplash.

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